Seguro de Responsabilidad Civil para Estacionamientos en CDMX
Protege la operación de tu estacionamiento y revisa una solución de Responsabilidad Civil acorde con las obligaciones y características de tu establecimiento.
La normativa de la Ciudad de México contempla que los titulares de estacionamientos públicos cuenten con una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice a las personas usuarias el pago de daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo o en terceros, conforme a la ley aplicable.
Además, en 2026 el Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas para que los estacionamientos públicos exhiban información sobre la existencia de seguro de responsabilidad civil o fianza vigente.
¿Qué puede proteger una solución para estacionamientos?
- Responsabilidad frente a daños a personas usuarias, conforme a la cobertura contratada.
- Responsabilidad relacionada con daños a vehículos bajo resguardo, conforme a la póliza.
- Responsabilidad frente a terceros.
- Determinados eventos de robo o daños cuando estén expresamente amparados.
- Operaciones con recepción, guarda, protección y devolución de vehículos, de acuerdo con las condiciones del producto.
¿Qué debemos revisar para cotizar?
- Ubicación del estacionamiento.
- Número de cajones.
- Tipo de operación: autoservicio, recepción y guarda, o con acomodadores.
- Horario de servicio.
- Tipo de vehículos que recibe.
- Valor aproximado de los vehículos bajo resguardo.
- Historial de siniestralidad, cuando corresponda.
- Póliza vigente, si ya existe.
Responsabilidad Civil para estacionamientos en CDMX durante 2026
La obligación de contar con seguro de responsabilidad civil para estacionamientos públicos no debe presentarse como una obligación que comienza en octubre de 2026. La normativa ya contemplaba el seguro y las autoridades han reforzado durante 2026 la supervisión y la información que debe proporcionarse a las personas usuarias.
El 30 de mayo de 2026 el Congreso de la Ciudad de México informó la aprobación de reformas para que los estacionamientos públicos exhiban letreros que informen que cuentan con seguro de responsabilidad civil o fianza vigente. La Ley de Establecimientos Mercantiles publicada en el portal jurídico de la Ciudad registra como última reforma el 23 de julio de 2026.
Preguntas frecuentes
Los estacionamientos públicos están sujetos a la obligación de contar con una póliza de responsabilidad civil en los términos establecidos por la normativa aplicable.
¿El seguro cubre robo total o parcial?La protección concreta depende del producto y de las condiciones contratadas. Deben revisarse expresamente las coberturas, límites, deducibles y exclusiones.
¿También aplica para valet parking?La operación con acomodadores requiere analizar específicamente la actividad y las condiciones del seguro aplicable.
¿Necesito renovar mi póliza?Si ya cuentas con una póliza, podemos revisarla para identificar vigencia, coberturas, límites y condiciones y determinar si conviene actualizarla.
¿Desde octubre de 2026 será obligatorio?No recomendamos manejar esa fecha como inicio general de la obligación. La exigencia de seguro ya está contemplada en la normativa; las reformas de 2026 fortalecen las obligaciones de información y cumplimiento.
Envíanos los datos básicos de tu operación y revisamos contigo las alternativas disponibles.
Solicitar asesoría →- Congreso de la Ciudad de México — reformas sobre estacionamientos públicos (30 de mayo de 2026)
- Gaceta Oficial — Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles (25 de septiembre de 2024)
- Portal Jurídico de la CDMX — Ley de Establecimientos Mercantiles, última reforma indicada: 23 de julio de 2026
La información es general y no sustituye la revisión jurídica, administrativa ni las condiciones particulares de una póliza.
